Revista Ingenio
Ocaña, Norte de Santander-Colombia
Vol.10
No. 1
Enero-Diciembre 2016
ISSN 2389-864X
DOI:https://doi.org/10.22463/issn.2011-642X

REGULACIÓN CONTABLE EN EL SECTOR SOLIDARIO DE OCAÑA

MSc. Maribel Cárdenas García* A** B*** C

https://doi.org/10.22463/2011642X.2076

Recibido: 11-12-2015 - Aprobado: 20-05-2016


Como citar:
Cárdenas-García, M., Velasco-Burgos, B. M., & Cañizares-Arévalo, J. de J. (2016). Regulación contable en el sector solidario de Ocaña. Revista Ingenio, 10(1), 27–36. https://doi.org/10.22463/2011642X.2076


Resumen

Determinar el estado de cumplimiento de las políticas regulatorias contables en las empresas del sector solidario de la ciudad de Ocañaen aras de construir organizaciones sólidas y confiables de economía solidaria.La metodologíaaplicada se enmarcó en una investigación descriptiva con un diseño documentaly de campo, teniendo en cuenta que la recolección de información se realizó mediante el instrumento de la encuesta aplicada a doce organizaciones del sector solidario del municipio de Ocaña, priorizadas por ser las únicas en cumplir con el reporte anual de la información contable y financiera a la Superintendencia de la Economía Solidaria en los últimos tres años. El principal resultado fue que de las doce empresas encuestadas, se logró evidenciar que efectivamente cumplen a cabalidad con lo relacionado a las políticas regulatorias contables en lo que corresponde al pago de la tasa de contribución, a la presentación de la información contable y a la aplicación de los excedentes.Concluyendo que se requiere implementar estrategias encaminadas a capacitar con mayor frecuencia a sus empleados en las políticas regulatorias contablesy a sus asociados en la importancia de consultar y analizar la información financiera y las decisiones tomadas por los órganos de administración.

Palabras clave:Economía Solidaria, Sector Solidario, Políticas Regulatorias Contables.


ACCOUNTING REGULATION IN THE SECTOR OF SOLIDARITY OCAÑA

Abstract

Determine the status of compliance with accounting regulatory policies in companies in the solidarity sector of the city of Ocaña in order to build strong and reliable economic solidarity organizations. The methodology is framed in a descriptive research with a documentary design and of field considering that data collection was performed using survey instrument applied to twelve organizations solidarity sector of the municipality of Ocaña, prioritized by being the only to comply with the annual report of the accounting and financial information to the Superintendency of Solidarity Economy in the last three years.The principal result was that of twelve polled companies, it achieved to demonstrate that really they expire with related to the regulatory countable policies in what it corresponds to the payment of the rate of contribution, to the presentation of accounting information and application surplus. Concluding that is necessary to implement strategies to train more frequently to employees in accounting regulatory policies and its partners in the importance of consulting and analyze financial information and decisions made by the governing bodies.

Keywords: Solidarity Economy Solidarity Sector, Regulatory Accounting Politics.


1. INTRODUCCIÓN

La contabilidad regulatoria como instrumento eficaz, está enfocadahacia una contabilidad prospectiva, lo que la hace ser una herramienta óptima, que garantiza la eficacia en la transparencia de la información suministrada por elente regulado, cuyo objetivo fundamental es el de cumplir con las expectativas y necesidades deltrinomio que intervienen enel suministro de talinformación (Cárdenas, 2011). Dicho trinomio integrado por el ente regulador, el regulado y los usuariosrepresentados éstos por losagentes portadores de las evidencias que se utilizan para el análisis técnico, requerido en la búsqueda de la uniformidad e integralidad de la informaciónmicro-económica, éstos son reconocidos como actores protagónicos en la toma de decisiones tendientes a garantizar la sostenibilidad económico-financiera de las organizaciones.

Tratándose de la difusión de información micro-económica es claro que el acento o énfasis del ordenamiento colombiano ha estado centrado en la información de carácter contable. Dentro del ordenamiento pueden distinguirse normas previstas en el Código de Comercio, en la Ley 222 de 1995 , las consagradas por el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y algunas disposiciones aplicables al mercado de valores que, por lo general, se derivan de la Ley 32 de 1979.

Como sucede con los otros grupos de normas, existe una apreciable cantidad de directrices para la presentación de informaciones dispersas, contenidas en resoluciones y circulares, de aplicación específica y usualmente proferidas por las entidades gubernamentales que ejercen inspección, vigilancia y control.La significativa dispersión regulatoria en materia de contabilidad y presentación de información económico-financiera, es un factor que imposibilita el seguimiento de su adecuada aplicación y el cumplimiento de las obligaciones legales sobre la materia. (Consejo Técnico Contaduria Pública, 2004, pág. 13)

El sector solidario no es ajeno a tal situación, puesto que el Gobierno Nacional junto con la Superintendencia de la Economía Solidaria y la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias han dispuesto de un extenso marco normativo para regular la actividad e la economía solidaria desde 1931 hasta hoy, como se observa en las siguientes figuras:


Descargar

Descargar

Refiriéndose a la institucionalidad pública del sector de la economía solidaria en Colombia, y de acuerdo con la estructura del Estado, la Presidencia de la República, delega al Ministerio de Hacienda y CréditoPúblico la facultad de regulación y por endea las Superintendencias la de supervisión y cada una de las organizaciones de la economía solidaria (cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales) serían el sector vigilado (regulado).En esa perspectiva, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene adscrita la Superintendencia de la Economía Solidaria como organismo descentralizado, técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial, con el objeto principal de realizar la supervisión, vigilancia y control a las entidades del sector solidario (ver figura 4).

Por otra parte,la gestión cooperativa incorpora la solidaridad, el asistencialismo y el mutualismo, y ésta a su vez se encuentraintrínsecamente relacionadacon el concepto de solidaridad que para (Cardozo, 2004, pág. 2) “implica hacer propia la causa ajena”; para lo cual surgen dos situaciones diferenciales que serían: uno la búsqueda del beneficio para terceros sin esperar nada a cambio y aquí se hace referencia al asistencialismo y dos el buscar el beneficio de los propios asociados, para luego buscar el beneficio de la comunidad en general y aquí se estaría ante el mutualismo. En consecuencia, las organizaciones de la economía solidaria supervisadas por la Supersolidaria, son empresas asociativas sin ánimo de lucro de carácter mutualista.


Descargar

Descargar

En este orden de ideas se puede citar la Ley 454 de 1998 , en su artículo 6, en el que se refiere a las características de las organizaciones de la economía solidaria, las cuales serán puntos de partida para determinar el estado de cumplimiento de las políticas regulatorias contables en las empresas del sector solidario de la ciudad de Ocaña, así:

Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio de una actividad socioeconómica, cultural o ambiental tendiente a satisfacer necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario.Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la mencionada ley.Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario.Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes.Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados, durante su existencia. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano.

De la misma manera, la Superintendencia de la Economía Solidaria , en su labor de supervisión aplicalos indicadores financieros establecidos en la circular contable y financiera 004-2008 e informaa los administradores de sus resultados a través de comunicaciones, visitas de inspección, jornadas institucionales de supervisión descentralizada, encuentros de supervisión, etc., para que a su vez las organizaciones de la economía solidaria, atendiendo a los principios de autonomía, autogestión y autodeterminación, tomen las medidas conducentes a evitar o disminuir situaciones de riesgo que pongan en peligro la estabilidad y la sostenibilidad de la organización.

Por consiguiente, para que las entidades del sector solidario cumplan con toda la regulación normativa expuesta en los párrafos anteriores es fundamental que se lleven a cabo las siguientes premisas: a) empresas organizadas, b) vínculo asociativo, c) aportes sociales, d) principios económicos y e) reporte de información financiera.

Sin embargo, estas premisas en la actualidad no se generan debidoa tres factores fundamentales: a) la informalidad en la constitución de las organizacionesde economía solidaria, b) el no cumplimiento de los principios económicos y c)lafalta de capacitación y entrenamiento del talento humano y como consecuencia de estose originael cierre las empresas del sector solidario que no cumplan con el propósito establecido por la Presidencia de la República de construir organizacionessólidas y confiablesde economía solidaria.

2. METODOLOGÍA

La metodología utilizada para el desarrollo de la investigación fue de un nivel descriptivo, con un diseño de carácter documentaly de campo (Hernández, Fernández, & Baptista, 2007) . En lo que hace referencia a la información documental, se tuvo en cuenta losanálisis de riesgo e informes financieros y demás documentos legales y normativos que rigen al espectro funcional del sector en mención, esto con el propósito de determinar el estado de cumplimiento de la normatividad contable por parte de estas empresas.

Con respecto a la recolección de información mediante el diseño de investigación de campo, se aplicó encuestas a doce organizaciones del sector solidario del municipio de Ocaña, priorizadas por ser las únicas en cumplir con el reporte anual de la información contable y financiera a la Superintendencia de la Economía Solidaria en los últimos tres años.


3.RESULTADOS

En la caracterización del estado de cumplimiento delas políticas regulatorias contables, se aplicó el instrumento de la encuesta dirigida a los órganos de dirección, administración y control a doce empresas del sector solidario. La encuesta se llevó a cabo en las instalaciones de cada una de las organizaciones.A continuación se presentan los resultados producto de la aplicación de la encuesta.Del universo de las organizaciones solidarias encuestadas se encontró que el 83% están clasificadas como cooperativas y el 17% restante como fondos de empleados.

En cuanto al nivel de supervisión al que pertenecen las organizaciones solidarias el 75% pertenecen al nivel 1, lo que significa que en su gran mayoría ejercen actividad financiera especializada de ahorro y crédito o con sección de ahorro y crédito.Asimismo, los resultados de las encuestasreflejan que el 100% de las empresas objeto de la investigación cumplen cabalmente con la cancelación de la tasa de contribución en los términos establecidos por la ley, los recursos percibidos por este concepto son destinados para cubrir gastos de funcionamiento e inversión generados por la Supersolidaria. En tal sentido, dichas organizaciones manifestaron en su totalidad que aplican las políticas regulatorias contables, lo que les permite cumplir con la ley, tener fundamentos para la planificación de la empresa, un control interno y externo de las operaciones realizadas por la organización, eficiencia en el manejo financiero, valores agregados, que les garanticeconfiabilidad, sostenibilidad e insumos importantes para el diseño e implementación de estrategias que facilitan alcanzar las metas propuestas. De la misma manera, se investigó si los estados financieros antes de ser presentados y aprobados por la Asamblea General Ordinaria son revisados y analizados por los órganos de administración y fiscalización, donde se evidencióque diez entidades si realizan el análisis en forma periódica de sus estados financieros, mientras que dos no lo hacen. La aplicabilidad de este procedimiento al interior de la organización solidaria es bien importante, puesto que refleja coherencia, sintonía y eficiencia en el manejo de la información, derivándose altos niveles de confiabilidad y consenso en el seno de la Asamblea a la hora de aprobar informes.Se observó además, que a pesar del derecho que tienen los asociados de consultar los libros oficiales de contabilidad y libro de actas, (Ley 79 de 1988 y la Ley 454 de 1998) , estos no lo hacen, aduciendo en su gran mayoría falta de competencia para hacerlo.

De acuerdo a los estatutos de las organizaciones de economía solidaria, uno de los derechos de los asociados es tener acceso a los libros contables y a las actas en cualquier momento, es recomendable que los asociados periódicamente revisen por lo menos los libros de actas, para que estén actualizados de las decisionestomadas y aprobadas porlos órganos de administración y no esperar enterarse en forma improvisada el día de la Asamblea Ordinaria.

En lo que corresponde al plan de capacitación dirigido al personal del área contable, se evidenció que de las doce organizaciones de economía solidaria encuestadas, siete cuentan con un plan de capacitación anual, reflejando el interés por parte de la entidad en la cualificación de su personal, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido por las políticas regulatorias contables. Sin embargo, se observa que los temas referentes a áreas contables no son priorizados por las organizaciones como temas de capacitación para los asociados.En cuanto al conocimiento y aplicación de la política regulatoriareferente a la aplicabilidad de lasCircularesBásica Contable y Financiera 004 de 2008 y Circular Básica Jurídica de 2015 , de las doce organizaciones deeconomía solidaria encuestadasdiez manifestaron afirmativamenteel conocimiento y aplicación delas mismas, de las cuales, nueve consideraron de mayor relevancia el conocimiento y aplicación en lo que corresponde a los indicadores financieros.(Ver figura 5)

Descargar

Cuando se les preguntó por el cumplimiento en las fechas establecidas por la Supersolidariaen cuanto al envío de la información contable y financiera mediante el SigCoopse encontró que el 100% de las organizaciones de economía solidaria encuestadas, manifestaron afirmativamente la entrega oportuna de la información contable y financiera mediante el SigCoop, teniendo en cuenta que dicha herramienta establecida por la Superintendencia de Economía Solidaria, le permite a la entidad dar cumplimiento a una política regulatoria contable.Por otra parte, y con base a la directriz nacional a través de la Ley 863 de 2003 , y el Decreto 2880 de 2004 en los que establece que las organizaciones de economía solidaria deben participar con el 20% de sus excedentes en el fortalecimiento de la educación formal en Colombia, se encontró que el 100% de las empresas encuestadas manifestaron positivamente su cumplimiento a dicha política regulatoria contable.


Descargar

El 50% de ellas revelaron destinar estos recursos en la adquisición de libros con destino a las bibliotecas de escuelas y colegios del municipio(ver figura 6).


Descargar

A manera de colofón, de las doce empresas del sector solidario encuestadas en la presente investigación y que conformaron la población y muestra, se logró evidenciar que efectivamente cumplen a cabalidad con lo relacionado a las políticas regulatorias contables en lo que corresponde al pago de la tasa de contribución, a la presentación de la información contable y a la aplicación de los excedentes (ver tabla 1).

4. CONCLUSIONES

Las organizaciones de economía solidaria objeto de estudio deberán implementar estrategias encaminadas a capacitar con mayor frecuencia a sus empleados en lo relacionado a la actualización permanente de las políticas regulatorias contables, puesto que permanentementela Superintendencia de la Economía Solidaria emite resoluciones, circulares, y boletines informativos, como mecanismos de socialización y actualización de sus asociados, con el propósito de lograr la sintonía y la inserción en la globalización del conocimiento, de la información y la economía.

De igual manera, las empresas de economía solidaria deberán tener en cuenta la importancia que los asociados consulten los libros oficiales de contabilidad y los de actas con el fin de estar informados sobre las decisiones tomadas por los órganos de administración, control y vigilancia.Finalmente, se observó que para los órganos de administración y control de dichas empresas es relevante cumplir con lo dispuesto por la Ley en lo que corresponde a las políticas regulatorias contables emanadas por el Gobierno Nacional y por la Superintendencia de Economía Solidaria a quien le han delegado la responsabilidad de la supervisión, inspección, vigilancia y control.

5. FINANCIACIÓN

El presente artículo es producto de la investigación denominada “Impacto de las Políticas Regulatorias Contables delas Empresas del Sector Solidario en la Ciudad de Ocaña”. La investigación principal fue financiada y avalada por la División de Investigación y Extensión DIE de la Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña.

6. BIBLIOGRAFÍA

Cardozo, H. (2004). Contabilidad de entidades de Economía solidaria. Bogotá: ECOE Ediciones.

Cardenas, M. (2011). Impacto de las políticas regulatorias contables de las empresas del sector solidario en la ciudad de Ocaña. Memorias I Encuentro Nacional de Investigación y Espiritu empresarial(págs. 77-95). Ocaña: Universidad Francisco de Paula Santander. Disponible en http://es.calameo.com/read/000912119857af1c7628b

Colombia, Congreso de la República (1931, 17 de diciembre). “Ley 134 del 7 de diciembre de 1931, sobre sociedades cooperativas” en Diario Oficialnúm, 21886 del 15 de diciembre del 1931. Bogotá.

Colombia, Congreso de la República (1979, 17 de mayo). “Ley 32 del 17 de mayo de 1979, Por la cual se crea la Comisión Nacional de Valores y se dictan otras disposiciones” en Diario Oficialnúm, 35282, del 6 de junio de 1979. Bogotá.

Colombia, Congreso de la República (1988, 23 de diciembre). “Ley 79 del 23 de diciembre de 1988, Por la cual se actualiza la Legislación Cooperativa” en Diario Oficialnúm, 38648 del 10 de enero de 1989.Bogotá.

Colombia, Congreso de la República (1995, 20 de diciembre). “Ley 222 del 22 de diciembre de 1995, Por la cual se modifica el Libro II del Código de Comercio, se expide un nuevo régimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones” en Diario Oficialnúm, 42156, del 20 de diciembre de 1995.Bogotá.

Colombia, Congreso de la República (1998, 4 de agosto). “Ley 454del 4 de agosto de 1998, Por la cual se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transformael Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones” en Diario Oficialnúm.43357del 6 de agosto de 1998. Bogotá.

Colombia, Congreso de la República (2012, 26 de diciembre). “Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012, Porla cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones” en Diario Oficialnúm, 48655, del 26 de diciembre de 2012.Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (1986, 4 de agosto). “Decreto 2536 del 4 de agosto de 1986 por el cual se crea el Consejo Nacional de Economía Solidaria” en Diario Oficialnúm.37583 del 11 de agosto de 1986. Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (1989, 21 de junio). “Decreto 1333 del 21de juniode1989,Por el cual se establece el régimen de constitución, reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas” Diario Oficialnúm. 38867 del 21 de Junio de 1989.Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (1989, 7 de julio). “Decreto1480 del7 dejulio de 1989, por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las Asociaciones Mutualistas.” en Diario Oficialnúm.38889 del 7 de julio de 1989. Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (1989, 7 de julio). “Decreto1481 del7 de julio de 1989, por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados” en Diario Oficialnúm.38889 del 7 de julio de 1989. Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (1989, 7 de julio). “Decreto1482 del7 de julio de 1989, por el cual se determinan la naturaleza, características,constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de las empresas de servicios en las formas de Administraciones Públicas Cooperativas.” en Diario Oficialnúm.38889 del 7 de julio de 1989. Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (1993, 2 de abril). “Decreto 663 del 2 de abril de 1993, por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración” en Diario Oficialnúm.40820 del 5 de abril de 1993. Bogotá.

Colombia, Presidencia de la República (2004, 7 de septiembre). “Decreto 2880 del 7 de septiembre de 2004, por el cual se reglamenta el artículo 8º de la Ley 863 de 2003.” en Diario Oficialnúm.45665 del 8 de septiembre de 2004. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2001, 27 de noviembre), “Resolución 1515 del 27 de noviembre de 2001 Por la cual se expide el nuevo Plan Único de Cuentas para las entidades del sector solidario vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2008, 28 de agosto), “Circular Externa 004 del 28 de agosto de 2008, por la cual se adopta la nueva Circular Básica Contable y Financiera que rige a las organizaciones solidarias”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2009, 11 de marzo), “Circular Externa 004 del 11 de marzo de 2009, por la cual se modifica la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2009, 23 de enero), “Circular Externa 001 del 23 de enero de 2009, por la cual se modifica la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2009, 8 de julio), “Circular Externa 007 del 8 de julio de 2009, por la cual se modifica la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2010, 15 de julio), “Circular Externa 007 del 15 de julio de 2010, expedición nuevos formatos y ajustes de formatos vigentes para el reporte del formulario oficial de rendición de cuentas”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2010, 8 de marzo), “Circular Externa 004 del 8 de marzo de 2010, por la cual se modifica el Capítulo XVI de la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2011, 7 de septiembre), “Circular Externa 007 del 7 de septiembre de 2011, por la cual se modifica el Capítulos XII y XIV de la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2015, 13 de noviembre), “Resolución 2015110009615 de 13 de noviembre de 2015, por la cual se crea el Catálogo Único de Información Financiera con fines desupervisión para las organizaciones solidarias vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria”. Bogotá.

Colombia, Superintendencia de Economía Solidaria (2015, 24 de febrero), “Circular Externa 006 del 24 de febrero de 2015, expedición de la Circular Básica Jurídica”, en Diario Oficialnúm. 49452 del 13 de marzo de 2015. Bogotá.

Consejo Técnico Contaduria Pública. (2004). Análisis de la implementación de Estandares de contabilidad y auditoría de empresas de interés público en Colombia.Bogota: CTCP.[en linea], disponible en http://www.solucionesltda.com/documentos/doc_interes1.pdf.

Constitución Política de la República de Colombia (1991, julio 20). Gaceta Constitucional, 116. Bogotá.

Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria –Dansocial-Y Ministerio de Educación Nacional (2000, 7 de julio), “Directiva 031 del 7 de julio de 2000, orientaciones y lineamientos para la promoción de la educación solidaria”. Bogotá.

Hernández, R., Fernández, C., & Baptista, P. (2007). Metodología de la Investigación(Cuarta Edición ed.). México: McGraw-Hill.

Patiño, G. (2005). Citas y referencias bibliográficas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana.

Superintendencia de Economía Solidaria. (2015).“Normativa”[en línea], disponible en http://www.supersolidaria.gov.co/normativa.



* Magister.Correo: mcardenasg@ufpso.edu.co

** Magister.Correo: bmvelasco@ufpso.edu.co

*** Magister.Correo: jjcanizaresa@ufpso.edu.co



Licencia de Creative Commons
Licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional